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ESTADO DE ALARMA EN EL DÍA DE LA CONSTITUCIÓN

Constitución Española – Artículo 116


2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.

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Hoy, nuestra Constitución cumple 32 años en vigencia. También se marca el hito de la primera vez que se declara un ‘estado de alarma’ de acuerdo al Art. 116.2 arriba reproducido. ¿Qué ha sucedido para que el Gobierno declarase este estado por acuerdo del Consejo de Ministros?

 

Los que hemos vivido toda la evolución española desde su etapa pre-democrática hasta la fecha podemos comprender que la constitución estableció mecanismos por lo que pudiera suceder en este tránsito de un régimen autoritario hasta la democracia en plenitud que disfrutamos actualmente. Por lo tanto, no es de sorprender que un gobierno legitimado haga uso de tales instrumentos para salvaguardar derechos de los ciudadanos cuando estos estén puestos en riesgo.

 

Y la acción unilateral del reducido colectivo de controladores aéreos ha venido a demostrar que el mecanismo conocido como ‘estado de alarma’ es un instrumento eficaz para impedir desmanes de una minoría en perjuicio de la ciudadanía.

 

Este 6 de diciembre de 2010, habrá que conmemorar el Día de la Constitución Española con especial ahínco precisamente para agradecer que los padres de nuestra Carta Magna tuvieran la visión de prever situaciones en un futuro que pudieran requerir instrumentos para coartar intentos abusivos por ciudadanos individuales o colectivos con suficiente poder para presionar más allá de los límites permisibles en el marco de sus derechos, y en detrimento de los derechos de la mayoría.

 

Como ciudadano, celebro tener, con todas sus presentes limitaciones, una Constitución que vele por mis derechos como español aunque también me exija mis obligaciones. Espero que cada uno de mis compatriotas se tome un momento de reflexión sobre lo que significa la declaración del ‘estado de alarma’ por el Gobierno de España y lo que significa que tal decisión se pueda hacer en el marco de toda legalidad constitucional en esta nuestra consolidada democracia.

 

 

 

Fernando Fuster-Fabra Fdz.

Ciudadano